FINANCIACIÓN
INPYME para PYMES INDUSTRIALES 2024
Plazo: Desde el 23 de febrero al 20 de marzo de 2024

OBJETIVO:

Ayudas en materia de industrialización para inversiones de PYMES INDUSTRIALES de la Comunitat Valenciana que mejoren la competitividad y sostenibilidad de determinados sectores: industria del cuero y calzado, cerámico, vidrio, metal-mecánico, materiales de construcción no metálicos, textil, envases y embalajes, juguete, mármol, biotecnología, madera-mueble e iluminación, textil, artículos de deporte y otras manufactureras, químico, papel y artes gráficas, producción audiovisual, producción videojuegos, animación y realidad aumentada-virtual, automoción, sector espacial y aeronáutica, semiconductores, plástico y valorización de materiales. (Ver Anexo 1 con CNAES admitidos para esta convocatoria)

 

BENEFICIARIOS:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las pequeñas y medianas empresas (pymes) privadas, que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva vinculada directamente a los sectores industriales objeto de convocatoria. El proyecto se tiene que ejecutar en un establecimiento productivo de la CV con independencia de donde se encuentre el domicilio social de la empresa.

 

TIPOLOGÍA PROYECTOS:

Los proyectos asociados a la mejora de la competitividad industrial de las pymes de la Comunitat Valenciana, mediante la creación de un nuevo establecimiento industrial, la ampliación, mejora o modernización de un establecimiento existente, así como la diversificación de la producción o cambios esenciales en los procesos productivos existentes en un establecimiento, A EXCEPCIÓN de la implantación de equipos de eficiencia energética o sistemas de recuperación o gestión energética.

Los proyectos deberán desarrollarse entre el 1 de enero de 2024 y 4 de noviembre de 2024.

El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto de inversión industrial será de 20.000 euros, salvo para los sectores de la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos, animación, realidad aumentada y virtual, que será de 10.000 euros, IVA excluido.

 

COSTES SUBVENCIONALES:

  1. Costes externos de adquisición de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción, a condición de que sean necesarios para la implantación, mejora o modernización de las líneas de producción (moldes y matrices, equipamiento e instalación de los laboratorios internos y salas blancas en el establecimiento industrial, maquinaria y equipos relacionados con el almacenaje, embalaje, preparación y la logística de las materias primas, etc.)
  2. Costes de mejoras en maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales preexistentes en el inventario de la empresa, siempre que estén vinculados a la producción industrial, y consistan en cambios de componentes esenciales que supongan un avance sustancial en la eficiencia energética de la misma, en sus capacidades productivas, en la seguridad industrial de la empresa o en la seguridad laboral de las personas trabajadoras. NO SERÁN SUBVENCIONABLES los costes de meras reparaciones y acciones de mantenimiento de maquinaria y/o de parte de sus componentes o elementos auxiliares de producción.
  3. Costes externos de adquisición patentes, marcas, modelos de utilidad y licencias de fabricación, diseños industriales o de producto, así como el software, simulación y virtualización de procesos industriales, ERP, CRM, etc. siempre que estén vinculados directamente a la producción industrial.
  4. Costes externos incurridos para obtener la certificación u otras formas de homologación o normalización de productos.
  5. Costes de contratación externa de ingeniería industrial que sean claramente necesarios para la ejecución del proyecto de inversión. La partida de ingeniería industrial máxima que se tendrá en cuenta para calcular el importe de la ayuda no podrá superar ni el 15% del total de los gastos subvencionables, ni el importe de 20.000 euros.
  6. Gastos del auditor del ROAC para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención.

 

AYUDA:

La ayuda consistirá en una subvención del 30% del total de los gastos considerados como subvencionables, o del 40% en el caso de inversiones en municipios con riesgo de despoblación.
Sin que en ningún caso pueda superar el importe de 200.000 euros, que se establece como límite máximo de subvención por empresa para esta convocatoria.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN:

Desde el 23 de febrero al 20 de marzo de 2024.

 

MÁS INFORMACIÓN:

Fundación Empresa Universidad de Alicante.

Teléfono: 965.90.94.89

Email: fundeun.raquel@ua.es                                  

 

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