OBJETO:
Realización de proyectos innovadores para desarrollo de productos que redunden en una mayor competitividad de las empresas y que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto.
BENEFICIARIOS:
PYMES con sede social y establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, con CNAE (2009) en alguno de los epígrafes de la sección C-Divisiones 10 a 33 y contar con al menos dos personas como personal propio desde al menos el segundo mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda.
En ningún caso podrán ser beneficiarias las empresas que desarrollen actividades financieras, inmobiliarias, de producción primaria de productos agrícolas o que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura.
ACTUACIONES APOYABLES:
Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo y fabricación de nuevos productos o una mejora significativa de los ya fabricados por la empresa solicitante. Un producto tendrá la consideración de nuevo o mejorado, cuando suponga una modificación significativa en sus características o en el uso a que se destina. Incluye las mejoras significativas de especificaciones técnicas, de componentes y materiales, de programas informáticos integrados, del diseño, de la facilidad de uso u otras características funcionales.
El resultado final del proyecto apoyable deberá concretarse en la fabricación del producto o en la obtención de un prototipo probado en un entorno real.
COSTES SUBVENCIONABLES:
a) Adquisición de activos inmateriales.
Patentes, licencias, know-how o software relacionado con los nuevos productos.
b) Adquisición de activos materiales:
Adquisición –o adaptación– y puesta en marcha de bienes de equipo, moldes y matrices, necesariamente relacionados con la puesta en producción de nuevos productos acordes a la convocatoria, y de bienes de equipo y servicios necesarios para la elaboración de un prototipo verificable de la solución desarrollada.
c) Servicios consultoría y asistencia técnica:
Costes de servicios de asistencia de ingeniería, consultoría técnica, contratación con centros de investigación, diseño, contratación de servicios de laboratorios de ensayo.
Este tipo de gastos es requisito indispensable para que el proyecto se apruebe. Como mínimo deberá representar la menor de estas cantidades un 10 % del coste subvencionable total o 15.000 euros.
d) Personal propio.
Gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 50.000 euros.
AYUDA:
Subvención a fondo perdido entre 35-45% según tamaño de la empresa.
El presupuesto mínimo será de 15.000€.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Plazo Presentación. Desde el 09/01/24 hasta el 22/02/24.
Duración Proyecto (Periodo subvencionable). Desde 01/01/2024 al 30/06/2025
COBRO DE LA AYUDA:
La subvención se cobrará tras la aportación de la documentación justificativa y una vez verificada la ejecución correcta del proyecto.
No obstante, una vez recibida la notificación de la concesión de la subvención, se podrá solicitar el anticipo del pago de la misma, con arreglo a las siguientes condiciones:
- Microempresas o pequeñas empresas, hasta un 75% de la subvención concedida.
- Medianas empresas, hasta un 50% de la subvención concedida.
Para el cobro del anticipo, será necesario constituir una garantía del 25% del importe a anticipar, que deberá depositarse en las delegaciones de la Agencia Tributaria Valenciana (ATV) en Alicante, Castellón o Valencia.
MÁS INFORMACIÓN:
Fundación Empresa Universidad de Alicante.
Dpto. Innovación. 965.90.94.89