FINANCIACIÓN
IVACE INNOVA-INDUSTRIA 4.0
Plazo: Desde el 09/01/24 hasta el 22/02/24

OBJETO

Realización de proyectos innovadores para desarrollo de nuevos procesos que redunden en una mayor competitividad de las empresas y que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto.

BENEFICIARIOS

PYMES con sede social y establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, con CNAE (2009) en alguno de los epígrafes de la sección C-Divisiones 10 a 33 o Sección H – Divisiones 49 a 52, siempre que las actividades de transporte y almacenamiento sean referidas a mercancías, y contar con al menos dos personas como personal propio desde al menos el segundo mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda. En ningún caso podrán ser beneficiarias las empresas que desarrollen actividades financieras, inmobiliarias, de producción primaria de productos agrícolas o que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura.

ACTUACIONES APOYABLES

Proyectos que tengan como objetivo la transformación de procesos-productos mediante la implementación de tecnologías. Tipología proyectos:

a) Fabricación Avanzada con maquinaria y/o equipamiento avanzado (Hardware y Software) que incorporen técnicas de Big Data y Analítica avanzada

b) Fabricación Aditiva, que promuevan la producción/fabricación de nuevas piezas y formas geométricas personalizadas.

c) Proyectos de Robótica Avanzada y Colaborativa, que incorporen robots conectados que colaboren en tiempo real con los trabajadores, otros robots e incluso máquinas.

d) Proyectos IIoT, que permitan sensorizar y garantizar la conectividad a internet de todo tipo de dispositivos y maquinaría dentro de la fábrica.

e) Proyectos de Inteligencia Artificial dirigidos al entorno industrial.

f) Proyectos de Sistemas ciber-físicos que incorporen componentes, objetos físicos o maquinaría en planta dotados de capacidades de computación y conectividad avanzadas.

g) Proyectos de Realidad Virtual, que permitan la recreación de situaciones reales en mundos simulados o ambientes virtuales.

h) Proyectos de Realidad Aumentada, que incorporen tecnologías que permiten que un usuario visualice parte de mundo real a través de un dispositivo tecnológico.

i) Proyectos de Gemelos Digitales (Digital Twins), que generen una réplica virtual de un objeto o sistema que simula el comportamiento de su homólogo real.

COSTES SUBVENCIONALES

a) Adquisición de activos inmateriales.

Licencias de software, desarrollo de aplicaciones y costes por uso de aplicaciones incluyendo para todos ellos los costes de implantación: aplicaciones de gestión empresarial, soluciones de big data y análisis, cloud computing, ciberseguridad, etc.

b) Adquisición de activos materiales:

Inversiones para la adquisición y puesta en marcha de hardware, equipos de telecomunicación, sistemas embebidos, sensores, robots, dispositivos electrónicos para aplicaciones de realidad aumentada, visión artificial y automatización avanzada, equipos para fabricación aditiva, adaptación de equipos productivos.

No se considerarán subvencionables servidores, ordenadores personales y periféricos, para su empleo en aplicaciones de gestión.

c) Servicios consultoría y asistencia técnica:

Servicios de consultoría e ingeniería en áreas de ciberseguridad, cloud computing, big data y analytics, robótica, realidad aumentada, visión artificial, fabricación aditiva y de comunicación para la conectividad de sistemas.

Este tipo de gastos es requisito indispensable para que el proyecto se apruebe. Como mínimo deberá representar un 10 % del coste subvencionable total o 15.000 euros.

d) Personal propio.

Gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 50.000 euros.

AYUDA

Subvención a fondo perdido entre 35-45% según tamaño de la empresa. El presupuesto mínimo será de 15.000€.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Plazo Presentación. Desde el 09/01/24 hasta el 22/02/24.

Duración Proyecto (Periodo subvencionable). Desde 01/01/2024 al 30/06/2025.

COBRO DE LA AYUDA

La subvención se cobrará tras la aportación de la documentación justificativa y una vez verificada la ejecución correcta del proyecto.

No obstante, una vez recibida la notificación de la concesión de la subvención, se podrá solicitar el anticipo del pago de la misma, con arreglo a las siguientes condiciones:

– Microempresas o pequeñas empresas, hasta un 75% de la subvención concedida.

– Medianas empresas, hasta un 50% de la subvención concedida.

Para el cobro del anticipo, será necesario constituir una garantía del 25% del importe a anticipar, que deberá depositarse en las delegaciones de la Agencia Tributaria Valenciana (ATV) en Alicante, Castellón o Valencia.

MAS INFORMACIÓN

Fundación Empresa Universidad de Alicante.

Dpto. Innovación. 965.90.94.89

fundeun.raquel@ua.es

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