
Objeto:
Subvenciones para la mejora de la gestión de la internacionalización de las pymes de la Comunitat Valenciana a través de servicios de consultoría estratégica y/o apoyo o acompañamiento externo especializado, en cualquiera de las fases del proceso de internacionalización.
Beneficiarios:
PYMES con sede social en la Comunitat Valenciana, que no desarrollen actividades encuadradas en las secciones K (actividades financieras y de seguros) y L (actividades inmobiliarias) del CNAE 2009, ni estén afectadas por otras exclusiones recogidas en el artículo 4.3.c) de las bases reguladoras.
Las empresas deben destinar la ayuda a proyectos cuya finalidad sea la internacionalización de productos o servicios propios
Proyectos:
Subvenciones para la mejora de la gestión de la internacionalización a través de proceso de consultoría especializada en los diferentes ámbitos de la internacionalización, incluido el servicio de apoyo o acompañamiento por parte de expertos en cualquier fase del proceso de internacionalización.
Solo se admitirá la presentación de una solicitud por empresa solicitante, si bien podrá contener petición de subvención para varias modalidades de consultoría especializada, o del servicio de acompañamiento, en función de sus necesidades.
Costes Subvencionables:
Se consideran subvencionables los gastos externos de consultoría estratégica dirigidos a mejorar la gestión de la internacionalización de la empresa y su posición competitiva internacional.
Los servicios de internacionalización cuyos costes podrán ser subvencionados siempre que estén prestados por consultoras especializadas en las respectivas áreas de la actividad internacional:
Consultoría estratégica de internacionalización (definición de la estrategia exportadora de la empresa).
Consultoría estratégica sobre compra pública internacional.
c) Consultoría estratégica para la adopción de prácticas que promuevan los objetivos de desarrollo sostenible (ODS), circunscritas a procesos de internacionalización.
Consultoría estratégica o contratación de servicios profesionales necesarios para la constitución de filial o sucursal de la empresa en el exterior (asesoramiento legal, fiscal y/o laboral, RRHH, o inmobiliario, entre otros).
Consultoría estratégica sobre cualquier otro aspecto no reflejado en los puntos anteriores, especializado de la internacionalización de las empresas, como aquella asociada a la financiación internacional, logística, etc. que deberán ser justificados por la empresa en la memoria a aportar a IVACE en la fase de solicitud.
f) Servicios de apoyo o acompañamiento externo de carácter periódico o puntual, excluyendo expresamente servicios retribuidos por comisiones por venta por parte de expertos/as en cualquier fase del proceso de internacionalización
Tipo de Ayuda:
– Subvención de hasta el 90% de los costes subvencionables, con un máximo de 40.000 €.
– Para empresas ubicadas en municipios afectados por el temporal (DANA), el apoyo podrá llegar al 100%.
La ayuda se concede en régimen de minimis (límite de 300.000 € acumulados en 3 años por empresa).
Plazo presentación:
Hasta el 20 de junio de 2025, inclusive.
Plazo Ejecución Proyecto:
Plazo de justificación hasta el 13/02/2026.
Observaciones:
-La subvención se pagará tras la ejecución y justificación del proyecto.
-No se contempla pago anticipado.
-Es obligatorio cumplir con las obligaciones de visibilidad y comunicación del FEDER.
-Las empresas deben disponer de contabilidad separada o código contable específico para el proyecto.
-No se admitirán proyectos ya finalizados en el momento de la solicitud.
Más información en el PDF adjunto.