FINANCIACIÓN
PROYECTOS PIDI IVACE
Plazo: 11/02/2025 hasta el 25/03/2025

PROYECTOS PIDI IVACE

Objeto:
Realización de proyectos de I+D por parte de las pymes.

 

Beneficiarios:
PYMEs con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat
Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que cuenten con al menos
tres personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o
cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad
Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de la ayuda.
En el caso de pymes que acrediten el carácter de empresa innovadora (antigüedad
inferior a 5 años y otros requisitos) no se establece mínimo de personal propio.

 

Consultar Proyectos:
Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones
apoyables:

a) Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto sea la
adquisición de nuevos conocimientos y aptitudes que puedan resultar de utilidad para la
creación de nuevos productos, procesos o servicios o permitan mejorar considerablemente
los ya existentes.
b) Desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de
conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de
otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos,
procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados.

Los proyectos deberán estar situados en niveles TRL entre 1 a 7, ambos incluidos. (Desde
fases de aplicación y validación de una tecnología hasta la demostración de prototipo en
entorno real)

 

Costes Subvencionables:
1. Servicios externos
Coste de contratos de investigación y desarrollo con organismos de investigación. Servicios
de asistencia técnica, consultoría y equivalentes destinados de manera exclusiva a la
actividad de investigación y desarrollo subvencionada.
2. Adquisición de patentes y licencias
Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes
externas a precio de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en
condiciones de plena competencia.
3. Personal propio
Gastos del personal investigador, del personal técnico y del personal auxiliar (salario bruto, y
coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa) empleados en centros de trabajo de la
Comunitat Valenciana durante el tiempo en que estén dedicados al proyecto de investigación
y desarrollo. Se limita el coste horario subvencionable a 50 euros/hora como máximo.
4. Materiales
Costes de materias primas y otros aprovisionamientos de naturaleza consumible que se
deriven directamente de la actividad de investigación y desarrollo.
5. Gastos de amortización de instrumental y equipamiento
Gastos de amortización del instrumental y equipamiento necesario para la realización del
proyecto, excluyendo los dispositivos informáticos de uso genérico.
6. Gastos para la elaboración del informe de revisión de cuenta justificativa de la
subvención por persona auditora o empresa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de
Cuentas, hasta un importe máximo subvencionable de 1.200 euros, IVA excluido, siempre
que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.

 

Tipo de Ayuda:
La ayuda consistirá en una subvención calculada en porcentaje sobre los costes
subvencionables con intensidad variable en función del tamaño de empresa:
– Pequeña empresa: hasta el 45 %
– Mediana empresa: hasta el 35 %
Presupuesto subvencionable del proyecto, mayor de 30.000 euros y menor de 175.000
euros.

Plazo presentación:
Plazo de presentación desde 11/02/2025 hasta el 25/03/2025.

Plazo Ejecución Proyecto:
Plazo ejecución del proyecto desde presentación solicitud hasta 30/06/2026.

 

Observaciones:
La subvención se cobrará tras la aportación de la documentación justificativa y una vez
verificada la ejecución correcta del proyecto.
No obstante, una vez recibida la notificación de la concesión de la subvención, se podrá
solicitar el anticipo del pago de la misma, con arreglo a las siguientes condiciones:
– Microempresas o pequeñas empresas, hasta un 75% de la subvención concedida.
– Medianas empresas, hasta un 50% de la subvención concedida.
Para el cobro del anticipo, será necesario constituir una garantía del 25% del importe a
anticipar, que deberá depositarse en las delegaciones de la Agencia Tributaria Valenciana
(ATV) en Alicante, Castellón o Valencia.

 

Más información:
Raquel Díaz Martínez
Directora Área
Innovación y Financiación
Teléfono: 965909489
E: fundeun.raquel@ua.es
www.fundeun.es

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